Formación Bonificada

Formación bonificable

La ley 30/2015 regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo laboral, que permite a las empresas contar con un crédito destinado a la formación de sus empleados y bonificarla a través de deducciones a la Seguridad Social.

Dicha formación puede ser organizada e impartida por la propia empresa o bien puede encomendarse a una entidad externa, denominada entidad organizadora.

Requisitos
  • La empresa debe contar con Crédito Formativo y estar ubicada en territorio español sin deudas con la Administración Pública.
  • La formación tiene que guardar relación con la actividad que desarrolla la empresa. Debe estar dirigida a adquirir y/o mejorar las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores.
  • Los trabajadores no deben ser autónomos, deben pertenecer al régimen general a cargo de la empresa.
  • En ningún caso debe suponer un coste para el alumno. (Será la empresa la encargada de asumir los costes en caso de que el costo de la formación sea superior al Crédito disponible).
  • El alumno debe cumplir el 75% de asistencia en cursos presenciales y acabar en plazo en caso de curso online.
  • La empresa debe enviar los documentos con al menos 12 días de antelación.
CIMA Formación

CIMA FORMACIÓN es una entidad organizadora que está capacitada para gestionar el crédito de cualquier empresa y realizar los trámites para llevar a cabo la formación conforme a la normativa establecida.

Contamos con un amplio catálogo de cursos online o, si la empresa lo desea, podemos preparar una formación presencial a medida según las necesidades. La empresa podrá elegir la temática, el horario y el lugar que más se ajuste a sus características.